17
Mar

Normativa mantenimiento puertas automáticas

Legislación mantenimiento puerta automáticas

Muchos clientes nos preguntan si hay una normativa sobre el mantenimiento de puertas automáticas, la respuesta es que sí. Las empresas de mantenimientos integrales realizamos este tipo de tarea ya sea mediante trabajos preventivos o reparaciones, para que estos mecanismos funcionen correctamente. De esta manera se evitarán accidentes y se cumplirá con la legislación aparecida en el Código Técnico de la Edificación.

Según esta directriz, a la hora de revisar estas estructuras es diferente la normativa a cumplir por las puertas de garaje, comerciales e industriales instaladas a partir del 1 de julio del 2013 y las instaladas con anterioridad a esa fecha.

Aquellos cerramientos colocados a partir del 2013 deben disponer del distintivo CE y sus propietarios tienen que poseer la siguiente documentación, por si es requerida en alguna inspección:

  • Instrucciones.
  • Placa identificativa de CE.
  • Declaración de conformidad. Sellada y firmada.
  • Libro de mantenimiento donde se registren las labores realizadas.

Por su parte, en los mecanismos instalados con anterioridad a esa fecha deberán cumplir la legislación que había en ese momento. Eso sí, si se ha realizado alguna modificación como el cambio de motor o cualquier otra pieza, esta deberá adaptarse a la normativa actual.

¿Es obligatorio el mantenimiento de puertas de garaje?

El mantenimiento de puertas de garaje, comerciales e industriales es obligatorio según aparece en el Código Técnico de la Edificación. Y aunque no establece la imposición de suscribir un contrato de mantenimiento, su establecimiento es más que recomendable, ya que la empresa contratada dispone de los profesionales necesarios que garantizan su perfecto funcionamiento.

Además, según sus características deberán pasar una revisión cada cierto tiempo. Si estamos hablando de un garaje comunitario de más de 50 vehículos, la puerta debe ser revisada cada 3-4 meses. Si van de 5 a 50, cada 6 meses y para menos de 5 automóviles será de manera anual. Por su parte, si hablamos de puertas de uso industrial, la revisión será cada 6 meses y aquellas consideradas como puertas rápidas será cada 3-4 meses.

Mantenimiento preventivo puertas automáticas

Los propietarios o administradores de puertas automáticas tienen la misión de que este tipo de estructura funcione correctamente. Para ello, es recomendable tener contratada a una compañía especializada en este sector para repararla o mantenerla en perfectas condiciones.

Si se decide apostar por una empresa de mantenimiento integral, esta se encargará de  efectuar los trabajos oportunos siguiendo las pautas dictadas por el fabricante. De esta manera, con un mantenimiento preventivo se evitarán averías imprevistas, se cumplirá la normativa y se alargará la vida útil de la instalación.

Asimismo, en estas revisiones se prestará especial atención a los elementos de seguridad de la puerta, con el único objetivo de garantizar la integridad física de las personas.

Las ventajas de contratar a este tipo de compañías son múltiples: se cumplirá con lo que dicta la legislación y se evitarán reparaciones imprevistas que mermen la funcionalidad de la puerta automática. En Mantenimientos BDBN realizamos este tipo de labor garantizando su correcto funcionamiento. Disponemos de un amplio equipo humano para cumplir con las revisiones pactadas y resolver la incidencia en el menor tiempo posible.